Restitución de tierras
Claudia Sánchez Huertas se vistió de blanco y naranja por las mujeres de Colombia. Se unió a los 16 días de activismo que propuso la Campaña “Únete” de ONU Mujeres, una jornada que inició el pasado 25N, Día Internacional contra la Eliminación de la Violencia de Género. El fin de la jornada coincidió con la ceremonia del pasado 10 de diciembre. Por eso escogió un enterizo de color blanco y una flor con tonos naranja para hacer un homenaje acorde con la condecoración y el activismo.
“Desafortunadamente las mujeres involucradas en el conflicto armado son las que llevan la peor parte”, comenta la jueza. Sánchez resolvió el caso de una familia que salió del departamento de Vichada hacia la vereda La Cristalina, en Puerto Gaitán, Meta. La familia, conformada por dos esposos y sus tres hijos, fue víctima de desplazamiento forzado y despojo de tierras a causa del trabajo del hombre en la Junta de Acción Comunal. Las constantes amenazas hicieron que abandonaran su predio, un terreno que pertenecía a un resguardo indígena del departamento.
Al analizar el contexto, la juez consideró que era necesario aplicar el enfoque diferencial para el bienestar de la mujer y sus hijos. Además, la aplicación de la medida aseguró su derecho a la restitución territorial.
El caso se resolvió en primera instancia.
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Claudia es abogada desde 1991. Trabaja con las solicitudes de restitución de tierras que ampara la Ley 1448 de 2011. Conoce a las víctimas que han sido despojadas de sus tierras, obligadas a venderlas o abandonarlas a causa del conflicto armado y la presencia de grupos al margen de la ley.
Los jueces de restitución no son funcionarios de oficina. Emprenden largas caminatas para visitar los terrenos que mencionan las solicitudes presentadas por la Unidad de Tierras. La mayoría de los desplazamientos son complicados y dispendiosos. Se han topado con culebras o con un mal clima, pero Claudia afirma que su labor es una manera de reparación. “Es necesario que las personas en situación de vulnerabilidad puedan acceder a beneficios a los que no han podido acceder. Ellos han debido dejar sus bienes, sus propiedades, su arraigo y esta es una forma de restablecerles y repararles en parte”, dice. Para la juez Sánchez, el enfoque diferencial no se limita al género. También contempla a la población en discapacidad y en vulnerabilidad, muy común en Colombia.